Comerciantes e Inversionistas
- Traducción:
- English
Para solicitar visas E
A los ciudadanos de países con los cuales los Estados Unidos de América ha firmado tratados comerciales y de navegación marítima, la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos les puede otorgar visa de no-inmigrante a quienes vayan a los Estados Unidos a realizar comercio considerable (incluyendo el comercio de servicios o tecnología) principalmente entre los Estados Unidos y el país del tratado, o para desarrollar y dirigir la operación de una empresa en la cual el ciudadano ha invertido, o está en proceso de invertir una cantidad considerable de capital.
Antes de programar su cita para entrevista, usted deberá enviar a través de un courier a la Sección de Visas de No Inmigrante del Consulado de los Estados Unidos en Tegucigalpa, Honduras la documentación que se describe abajo debidamente encuadernada. Una vez que este Consulado haya recibido y revisado los documentos, la Embajada le contactará directamente para notificarle que puede iniciar con el proceso de programar su cita para entrevista. El proceso de las visas E toma varias semanas debido a que la información sometida con la forma DS-156E debe ser debidamente revisada.
Formulario DS-156E
Todos los solicitantes que por primera vez presentan el formulario DS-156E (PDF 588KB) buscando estatus de Comerciante o Inversionista deben llenar las Secciones I, II y III y deben actualizarlas periódicamente. Todos los que solicitan individualmente tienen que llenar la Sección III además del formulario DS-160. Deben responder a todas las preguntas. Respondan "not applicable" (no aplica) en los lugares que corresponda. Si una empresa aún no está operando, se deben hacer estimados y proyecciones del ingreso potencial, de la creación de empleos, del volumen de ventas, etc.
Documentos adicionales al formulario DS-156E y forma de presentarlos
Los documentos de apoyo deben presentarse en un fólder de anillos (para que los papeles estén atados, pero que se puedan sacar). Deben incluir una guía del contenido y hojas con lengüetas para separar e identificar las secciones. Lo que sigue son ejemplos de la documentación de apoyo que se debería presentar con las solicitudes iniciales (aunque el oficial consular puede pedir más documentación):
- Evidencia de poseer y controlar fondos para inversión (constancias de banco, estados financieros; préstamos, ahorros y/o pagarés con garantía personal, etc.);
- Evidencia de envíos a los Estados Unidos (giros bancarios, transferencias, permisos de cambio, recibos, etc.)
- Evidencia de inscribir el negocio en los Estados Unidos (escritura de constitución, acuerdo de sociedad, organigramas, acciones, títulos, contratos, recibos, licencias, contratos de alquiler, etc.)
- Evidencia de la nacionalidad de los inversionistas / comerciantes y su porcentaje de propiedad / acciones dentro de la compañía / negocio (copias de pasaportes, escritura de constitución de la casa madre, listados de acciones en la bolsa de valores, etc.)
- Evidencia de intercambio entre los Estados Unidos y el país del tratado (facturas, pólizas de flete, documentos de aduana, recibos de bodegaje, recibos de envío, recibos de ventas, contratos, etc.)
- Evidencia de inversión en los Estados Unidos (títulos, recibos, contratos, préstamos, constancias de banco, estados de cuenta, etc.)
- Evidencia de la existencia de la empresa o negocio (estados financieros, auditorías, pagos de impuestos corporativos o de negocios en los Estados Unidos, etc.)
- Evidencia de que la empresa no es marginal (registros de pago de sueldos, formulario IRS 941, declaraciones de impuesto personales, evidencia de otros activos personales y de ingresos)
- Evidencia que el negocio es real y está operando (informes anuales, catálogos, literatura de ventas, artículos de prensa, pagos de impuestos corporativos federales y/o estatales, y otra evidencia adecuada);
- Currículum Vitae de las personas que van a solicitar visa bajo la empresa o negocio (opcional).
Requisitos para la visa de comerciante (E-1)
- El solicitante debe ser ciudadano de un país firmante de un tratado comercial con los Estados Unidos de América;
- La empresa que el solicitante va a representar en los Estados Unidos debe ser de un país firmante de un tratado comercial con los Estados Unidos de América;
- El comercio o intercambio internacional debe ser "considerable", en el sentido que haya un volumen de intercambio grande y continuo;
- El comercio o intercambio debe ser principalmente entre los Estados Unidos y el país beneficiario del tratado, lo que implica que más del 50 por ciento del intercambio internacional se lleve a cabo entre los Estados Unidos y el país del cual el solicitante es ciudadano;
- Comercio significa el intercambio internacional de bienes, servicios y tecnología. La propiedad de los artículos comerciales debe pasar de una parte a la otra;
- El solicitante debe estar empleado a un nivel de supervisión o ejecutivo, o debe poseer destrezas altamente especializadas que sean esenciales para la operación eficiente de la empresa. Los trabajadores con destrezas comunes o no calificados no pueden optar a este tipo de visa; y
- El solicitante debe tener la intención de abandonar Estados Unidos cuando finalice su estatus de E-1.
Requisitos para la visa de inversionista (E-2)
- El inversionista, ya sea una persona natural o jurídica, debe ser ciudadano o nacional de un país firmante de un tratado comercial con los Estados Unidos de América;
- La inversión debe ser considerable. Debe ser suficiente para asegurar la exitosa operación de la empresa. El porcentaje de inversión para una empresa de bajos costos debe ser mayor que el porcentaje de inversión en una empresa de altos costos;
- La inversión debe ser en una empresa que realmente esté operando. La inversión por especulación o inversión inactiva no califica. Los fondos no comprometidos en una cuenta bancaria o un valor similar no se consideran una inversión;
- La inversión no puede ser mínima. Debe generar un ingreso significativamente mayor a que solo produzca lo suficiente para que el inversionista logre su sustento y el de su familia, o la inversión debe tener un impacto económico significativo en los Estados Unidos;
- El inversionista debe tener el control de los fondos y la inversión debe estar en riesgo en el sentido comercial. Los préstamos garantizados con los activos de la empresa de inversión no se permiten. Si los fondos no están sujetos a la pérdida parcial o total dado el caso que el negocio no ande bien, entonces los fondos no califican como inversión;
- El inversionista debe venir a los Estados Unidos a desarrollar y dirigir la empresa. Si el solicitante no es el inversionista principal, él o ella debe estar empleado a un nivel de supervisión, ejecutivo, o estar en un nivel de capacidad de mucha experiencia. Los trabajadores con experiencia común o sin experiencia no califican; y
- El solicitante debe tener la intención de abandonar Estados Unidos cuando finalice su status de E-2.
Todo solicitante debe cancelar la tasa consular (US$ 270) en cualquier sucursal del banco Citi en Honduras y presentar pasaporte con una vigencia mínima de seis meses. Si necesita información adicional sobre los requerimientos de acuerdo a su nacionalidad, por favor revise la información sobre el Programa de Exención de Visa.
Información sobre el cambio de tarifas en tasas consulares.
Información sobre el servicio de citas para visas de no inmigrante.
Es obligatorio presentar:
- El recibo de pago de tasa consular.
- El formulario de solicitud DS-156E (PDF 588KB)
- El formulario de solicitud DS-160 en el formato electrónico.
- Un pasaporte que tenga una vigencia mínima de seis meses adicionales a su período de estadía en los Estados Unidos. Si necesita información adicional sobre los requerimientos de acuerdo a su nacionalidad, por favor revise la información sobre el Programa de Exención de Visa.
- Una fotografía tamaño 2x2 pulgadas tomada con fondo blanco, sin lentes.
Se recomienda presentar la siguiente documentación:
- Evidencias de que su empresa cumple con los requisitos de ley.
- Evidencias de que su estadía en los Estados Unidos va a ser temporal.
Visas E para los miembros de la familia
Los cónyuges e hijos menores de 21 años (sin importar la nacionalidad) también pueden recibir una Visa E para acompañar al beneficiario principal.
Los cónyuges tienen que solicitar permiso al Departamento de Seguridad Interna para trabajar mientras estén residiendo en los Estados Unidos. Los otros dependientes con visa E no pueden trabajar.
Requisitos para la solicitud de visa E para miembros de la familia
Presentar:
- Recibo de pago de la tasa consular.
- Formulario DS-160 en el formato electrónico para cada solicitante.
- Un pasaporte que tenga una vigencia mínima de seis meses adicionales a su período de estadía en los Estados Unidos. Si necesita información adicional sobre los requerimientos de acuerdo a su nacionalidad, por favor revise la información sobre el Programa de Exención de Visa.
- Una fotografía tamaño 2x2 pulgadas tomada con fondo blanco, sin lentes.
- Evidencia de la relación con el beneficiario principal de la visa E (cónyuges – acta de matrimonio, hijos – partidas de nacimiento).
Permanencia en los Estados Unidos con visa E
Las personas que posean una visa E pueden residir en los Estados Unidos mientras continúen manteniendo su estatus con la empresa o negocio.
Para ingresar a los Estados Unidos con una visa E
El poseer una visa no es garantía de ingreso a los Estados Unidos. El permiso para ingresar lo otorga el Oficial de Migración al momento de presentar una visa y tiene la autoridad para negar el ingreso. Igualmente, el Oficial de Migración es quien establece el período de tiempo que se autoriza permanecer en los Estados Unidos. En el puerto de entrada, un Oficial de Migración validará el formulario I-94 y le anotará la fecha límite de permanencia.
Para solicitar extensión de estadía
Para aquellos que necesiten solicitar una extensión de su estadía, deben comunicarse con el Directorate of Border and Transportation Security para solicitar el formulario I-539 – Application to Extend Status. La decisión de aprobar o negar una extensión de estadía es potestad de la oficina arriba mencionada.
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